La Cámara de Diputados de Santa Fe dio media sanción a un proyecto que crea el Registro Provincial de Personas Obligadas Alimentarias y establece restricciones para quienes adeuden cuotas alimentarias. La propuesta unifica ocho iniciativas de distintos bloques y prevé una base de datos digital, única y actualizada sobre las obligaciones fijadas por la Justicia y su cumplimiento.
Una de las autoras, la diputada Lucila De Ponti, sostuvo: “El incumplimiento de la obligación alimentaria afecta directamente los derechos de los chicos y no puede ser gratuito”. También afirmó: “Si no se garantiza el alimento de los hijos no se puede gastar dinero en ir a la cancha, a un casino o jugar en una página de apuestas”. Y agregó: “Esto no es un castigo: es una herramienta para que los chicos cobren lo que les corresponde”.
“Las prioridades deberían estar claras”, planteó la legisladora justicialista. “Si un adulto responsable no logra entenderlo, es deber del Estado proteger el bienestar de los chicos”, añadió.
Inscripción y categorías
La inscripción se activaría cuando la Justicia fije una cuota alimentaria, aunque ese paso no implicaría por sí solo la aplicación de restricciones. Un juez deberá disponer las altas, modificaciones y bajas, y establecer si existe la obligación, su alcance y si se cumple.
El nuevo registro funcionaría bajo la órbita del Poder Ejecutivo y recibiría las atribuciones y bases de datos del actual Registro de Deudores Alimentarios de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe. La ley 11.945, que lo creó, quedaría derogada. Quienes ya figuren como morosos al momento del traspaso pasarían a la nueva categoría.
El texto define como “Persona Obligada Alimentaria Morosa” a quien adeude, total o parcialmente, dos cuotas en un período de doce meses, sean consecutivas o alternadas. La categoría “Morosa Agravada” alcanzaría a quienes acumulen seis cuotas impagas durante ese mismo plazo. En ambos casos, el cambio de condición deberá ser resuelto por un juez.
Qué restricciones contempla
Mientras dure la mora, la persona no podría ser designada funcionaria en ninguno de los tres poderes del Estado, el Ministerio Público, el Tribunal de Cuentas, la Defensoría del Pueblo, organismos autárquicos ni empresas estatales. También quedaría impedida de postularse a cargos electivos provinciales o municipales, acceder a beneficios tributarios o ingresar a planes de regularización y facilidades de pago de la Provincia.
La iniciativa propone prohibir el ingreso a casinos, bingos y salas de juego, la inscripción en plataformas de apuestas y el cobro de premios o ganancias obtenidos en esas actividades. La restricción incluiría los estadios de primera división organizados por la AFA. Además, no se podrían vender ni transferir habilitaciones comerciales, marcas y señales de animales, ni obtener licencias de conducir.
En caso de que la persona demuestre que necesita conducir por motivos laborales, podría recibir una autorización provisoria por única vez y por 90 días. Los pagos que deba realizarle el Estado provincial, a su vez, quedarían suspendidos durante 60 días.
Para quienes estén en la categoría Morosos Agravados, se agregarían la prohibición absoluta de obtener habilitaciones, concesiones, licencias o permisos, sin excepciones, y la inhibición general de bienes. El juez debería ordenar esta última medida de oficio en la misma resolución.
Consultas y sanciones
Distintos organismos del Estado deberían consultar el registro antes de avanzar con contrataciones, concursos o habilitaciones. También tendrían que hacerlo los jueces antes de ordenar pagos o transferencias de bienes, los empleadores privados al dar de alta a una persona trabajadora, los colegios profesionales, los casinos y los operadores de apuestas.
Las sanciones por incumplir esa obligación variarían según el caso: serían disciplinarias para jueces y funcionarios; para empleadores se aplicarían las previstas en el régimen de infracciones laborales; y los demás obligados a consultar podrían recibir multas de uno a diez salarios mínimos.
La consulta sería gratuita, electrónica y referida a una persona determinada. El proyecto prohíbe descargar bases de datos masivas y que los resultados puedan encontrarse indexados en buscadores.
El paso por el Senado
Tras la media sanción de Diputados, el proyecto deberá ser tratado por el Senado de Santa Fe. Si recibe la aprobación, la ley comenzaría a regir seis meses después de su promulgación, con la posibilidad de que el Poder Ejecutivo prorrogue ese plazo por otros seis meses.
Las restricciones de acceso a casinos, plataformas de apuestas y estadios quedarían sujetas a la implementación de los convenios y sistemas necesarios para controlar la identidad de las personas.







